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El abogado de Jandry Castillo y Rosa Moroso, ex presidente y secretaria de la Comunidad Agrícola de Punitaqui, interpuso un recurso de apelación para dejar sin efecto sentencia de Primer Juzgado de Letras de Ovalle, que destituye del puesto a ambos ex directivos y los inhabilita para ocupar cargos de directores de comunidades agrícolas.

Estefanía González

 

El pasado 15 de octubre diario El Ovallino informó sobre la sentencia del Primer Juzgado de Letras de Ovalle, la cual destituyó a la antigua directiva de la Comunidad Agrícola de Punitaqui, Jandry Castillo y Rosa Moroso, quienes ocupaban los cargos de Presidente y Secretaria de la comunidad, respectivamente.

Si bien estos ex directivos, ya habían sido removidos de sus cargos por la propia asamblea, el 3 de marzo de 2019, la sentencia además los inhablitó para ocupar cargos directivos en cualquier comunidad agrícola.

Tras revisar las acusaciones, alegatos, y antecedentes, el tribunal, con sentencia de la juez titular María Alejandra Ríos, del Primer Juzgado de Letras de Ovalle, resolvió hacer “lugar a la demanda, sólo en cuanto, se ordena la remoción de sus cargos a doña Rosa Moroso Méndez, en su calidad de Secretaria de la Comunidad Agrícola Punitaqui, y a don Jandry Castillo Valdivia, en su calidad de Presidente de la Comunidad Agrícola Punitaqui”.

Según acusaron representantes de la sociedad de agricultores se habrían asignado terrenos comunitarios a parientes, se habrían autoasignado terrenos comunitarios en exceso de lo permitido, y se habría omitido información relevante a las Juntas de Comuneros, entre otras faltas a los propios estatutos de la organización, y sobre los que se habría dictado la sentencia judicial.

APELACIÓN

Luego de la sentencia, Mauricio Cortés , abogado de Jandry Castillo y Rosa Moroso, interpuso un recurso de apelación.

“A nuestro entender la sentencia incurre en una serie de errores ya que se observa en ella una interpretación errada de los estatutos de la comunidad agrícola, por otro lado hay que tener presente que las irregularidades acreditadas por el tribunal no son de la magnitud que puedan haber ameritado una conducta constitutiva de una remoción de un director”, señaló el abogado defensor de los ex directores, agregando que “El hecho de que se haya repartido dinero por parte del directorio se hizo de acuerdo a la asamblea, aprobada de forma unánime por los comuneros”.

De tener éxito con la apelación esta la decisión de destituir a los ex directivos quedaría sin efecto, revirtiendo además la inhabilidad para acceder a cargos en otras comunidades agrícolas.

HITO HISTÓRICO

Por su parte Víctor Fernández, abogado de la parte demandante sostuvo que la sentencia “es un hito histórico, ya que marca un precedente muy importante para las comunidades y para mi representado”.

El abogado agregó que “permite sentir que hay un sistema de justicia que está operando de manera eficiente y se rompe un poco este estigma que los directores se sienten de alguna forma casi inamovibles en sus cargos”.

Sobre el recurso de apelación ingresado por el abogado de los ex directores, Fernández indicó que “esperamos que la corte se pronuncie ratificando la sentencia del Juzgado de Letras. Tenemos bastantes argumentos y existen pruebas que permitirían confirmar el fallo en el tribunal de alzada”.

Si bien el fallo del juzgado de Ovalle sería tardío, ya que los directores ya habían sido removidos de sus cargos en una asamblea de la comunidad “permite reafirmar la decisión que ya había tomado la asamblea en remover a estos directores que habían incurrido en ciertas irregularidades y genera una inhabilidad para que estas personas no puedan postular a estos cargos en otras comunidades agrícolas”, explicó el abogado demandante.

 

 

 

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