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Fiscalía y Gobierno recurrieron al tribunal de alzada para anular la decisión del tribunal sobre el caso del peaje ocurrido en diciembre del 2019, que condenó a Andrade por incendio frustrado y desórdenes públicos. En fallo unánime, la Corte confirmó la decisión del Tribunal de Ovalle, por lo que ya no podrán apelar ante otra instancia.

Feliz y sacándose un peso de encima recibió Hugo Andrade y su familia la notificación de la Corte de Apelaciones de La Serena, respecto a la petición de nulidad a la que se acogieron los querellantes por el caso de su hijo, Matías Andrade, en los hechos enmarcados en la quema del peaje de la ruta 43, ocurridos en diciembre del 2019.

La Fiscalía y la Intendencia Regional, como querellantes del caso, recurrieron al tribunal de alzada para que el fallo de los jueces en Ovalle quedara sin efecto y se pudiera condenar nuevamente al joven por el delito de incendio y acogerse a la Ley de Seguridad Interior del estado. Ambas partes solicitaron en su oportunidad un total de 20 años de presidio para el eximputado.

“Estamos felices por mí y por mi hijo. Teníamos confianza, porque a mi hijo lo estaban acusando de incendio a la caseta número 1 por parte del Ministerio Público, pero cuando llegamos al juicio oral, la caseta en cuestión nunca fue quemada. Lo otro, Matías no cortó el libre tránsito porque cuando llegó ya estaba cortado. La corte vio el veredicto y acá están los resultados, sufrimos harto, pero se hizo justicia. Esto es por todo el apoyo de los ovallinos y serenenses que nos apoyaron en esta instancia”, comentó emocionado Hugo Andrade, padre de Matías.

El martes 6 de abril, los magistrados –en forma unánime- Claudio Weishaupt (presidente), Zoila Terán (redactora) y Ana Karina Hernández dieron por acreditado la ocurrencia de los delitos y la participación del acusado en los hechos. Asimismo, desestimaron la acusación por la Ley de Seguridad Interior del Estado.

“En los resolutivo, el relator leyó que fue rechazado el recurso presentado por la Fiscalía y la Intendencia. Todavía no tengo los argumentos de la corte, pero debiesen ser los mismos que esta parte alegó, ya que nunca hubo fundamento alguno para recurrir al recurso de nulidad de la sentencia redactada por el Tribunal Oral en lo Penal de Ovalle”, contó Robin Valenzuela, abogado defensor.

Una instancia a la que la Fiscalía y la Intendencia Regional adhirieron para revocar el fallo del Tribunal Oral en lo Penal de Ovalle del pasado 6 de abril. El gobierno respetará el fallo, pero no comprarte el criterio utilizado.

“No compartimos el criterio de la corte, pero lo respetamos, absolutamente. Debemos recordar que esta situación involucra a una persona que participó, y reconoció su participación, en una manifestación que terminó con la quema de una de las casetas de peaje en Ovalle. Aquí lo que nos importa es que la justicia procesó a este joven por desórdenes públicos e incendio frustrado. Se le condenó por estos delitos. Hay una sentencia y, como corresponde, deberá cumplirla”, sostuvo Pablo Herman, intendente regional.

La lectura de la sentencia del mes de abril dictaminó que Andrade debe cumplir con un régimen psicosocial en el Centro de Reinserción Social de Ovalle, donde profesionales de la unidad lo acompañan en su camino por no reincidir en situaciones similares a las vividas durante el pasado 17 de diciembre del 2019, mientras cumple en libertad los delitos de incendio frustrado y desórdenes públicos.

De esta forma, se pone fin a un largo capítulo que comenzó el 17 de diciembre del 2019, concluyendo un año y medio después. Los querellantes no podrán seguir apelando, por ejemplo a la Corte Suprema, siendo la de ayer su última oportunidad para revertir cualquier fallo.

 

 

 

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Diario El Ovallino