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Indagado por ataque sexual a su hija (12), quedó en libertad por una solicitud fuera de plazo. Esto repercutió en otra causa similar contra una niña de 7 años. Estaba formalizado por ese caso, pero sin medidas que resguardaran a la sociedad y las víctimas, por lo que se pidió audiencia para revertir

Diego Guerrero / El Día

El sujeto de 31 años, que fue sobreseído en la causa que enfrentaba como presunto autor de violación contra su propia hija (12), sumaba un proceso paralelo por hechos similares, cometidos contra otra menor de edad de solo 7 años en la comuna de Combarbalá.

Dos causas en la justicia que, por errores de Fiscalía, terminaron configurando un escenario devastador para las familias de las víctimas: hoy el sujeto se encuentra en libertad.

El Día indagó los hechos, que mantienen a abogados intentando revertir el escenario, sin cautelares que resguarden la seguridad de la sociedad y de los afectados, a espera de audiencias claves, que están fijadas para la próxima semana en el Juzgado de Garantía correspondiente.

Su propia hija

En la mencionada comuna de la Provincia de Limarí, Región de Coquimbo, se suscitaron ambos hechos, uno de los cuales se dio a conocer ampliamente a través de una “funa” en redes sociales y notas de prensas de medios locales.

Se trata del más reciente, que tiene como víctima a su hija.

Según los antecedentes del caso, el hombre aprovechaba cuando estaba a cargo de la pequeña para perpetrar sus ataques, que culminaron con su detención y posterior formalización en junio del año en curso.

La Fiscalía solicitó la medida cautelar de prisión preventiva, que fue concedida por el tribunal y aunque la defensa intentó revertirla, fue confirmada por la justicia.

La investigación tenía un plazo inicial de 80 días, que culminaban el 23 de agosto. Dentro de ese período, se debían realizar todas las indagatorias y, de no alcanzar, pedir una prórroga, como ocurre comúnmente, para alcanzar a reunir los antecedentes. Sin embargo, el Ministerio Público envió la solicitud para ampliar el plazo de investigación días después.

El Juzgado de Garantía recibió la solicitud y fijó audiencia para el 13 de septiembre, pero las pretensiones del ente persecutor se vieron frenadas por la misma ley.

La fiscal subrogante de Combarbalá, Josefa Pérez, pidió la ampliación del plazo, pero esto fue debatido por la Defensoría Penal Pública que, en vista de que el requerimiento había sido ingresado fuera de la fecha límite, había también enviado uno propio, pero para cerrar la investigación, lo que daría paso a un eventual juicio oral.

Pérez se opuso a cerrar la causa e insistió en pedir más tiempo, pero tras el análisis de los antecedentes, el artículo 247 del Código Procesal Penal obligó a los jueces a seguir adelante con lo solicitado por la defensora del imputado.

En conversación con El Día, la defensora pública, Verónica Castro, explicó que la norma sufrió una modificación en el año 2016, en el marco de la “Agenda Corta”.

“Se modificó con la intención de ampliar la posibilidad del Ministerio Público para que, si no comparecía a la audiencia de cierre, se le otorgaran dos días de plazo adicional para que pueda cerrar la investigación, pero eso es solo para el caso de que la Fiscalía no hubiese comparecido en la audiencia, pero en este caso no sucedió así, porque estaban presentes y la norma sanciona esa situación con el sobreseimiento definitivo”, dijo.

Cabe indicar, eso sí, que desde la Fiscalía explican que también existió otro error, ya que el tribunal no informó sobre que la citación era también por una petición de cierre, por lo que apelará a la decisión.

Actualmente, se encuentran en trámite dos recursos, uno de la Fiscalía y otro del Programa Mi Abogado, que interviene con las víctimas, para revertir esta resolución y poder reabrir las indagatorias. Según lo averiguado por este medio, podría fijarse audiencia para la próxima semana, por lo que aún hay una posibilidad para el Ministerio Público.

Otro caso en carpeta

De forma paralela, se estaba desarrollando otro caso. Esta vez por abuso sexual y violación, cometidos presuntamente por el mismo sujeto, pero contra una niña de 7 años.

Los hechos llegaron a conocimiento de tribunales a través de una querella presentada en 2020, pero durante más de un año, no se registraron movimientos en la causa.

Según consta en la información del caso, a la que El Día tuvo acceso, el 30 de junio de 2022 el Juzgado de Garantía de Combarbalá pidió cuenta a Fiscalía por la falta de acciones. Tras esto, se procedió y el 23 de agosto se formalizó al individuo por los delitos denunciados.

Esto ocurrió en el corto tiempo en que el sujeto estuvo en prisión preventiva por el caso de su hija. Y la imputación de cargos ante el tribunal estuvo en manos de la misma fiscal, Josefa Pérez.

En esa audiencia, la persecutora subrogante de Combarbalá no pidió medidas cautelares. Esto fue confirmado por la defensora y así consta en actas. Hasta ahí no hubo mayor problema, ya que el imputado estaba de todas formas en prisión, sin embargo, el sobreseimiento de la otra causa, tuvo consecuencias en esta.

El 13 de septiembre el tribunal, junto con el sobreseimiento, ordenó la libertad del hombre imputado, y al no estar con cautelares por el delito de 2020, el proceso se queda sin resguardo ante la gravedad del delito, por lo que la Fiscalía tuvo que proceder y solicitó, un día después, una audiencia para debatir una eventual prisión preventiva.

Los tribunales pusieron como fecha el 11 de octubre, por lo que ambos procesos podrían definirse la próxima semana.

Los errores

¿Qué pudo hacer Fiscalía para evitar este escenario?

El Día consultó con diversos abogados penalistas, que analizaron los casos con base en los antecedentes existentes, advirtiendo un evidente error respecto de la solicitud de plazo fuera del límite.

Cabe señalar que la norma empleada (art. 247 del CPP), establece además la obligación del tribunal de oficiar al fiscal regional para que se tomen sanciones disciplinarias contra el persecutor que compareció en audiencia.

¿Se pudo hacer algo tras el vencimiento del plazo? Un jurista explica que la fiscal pudo haber cerrado la investigación, lo que mantendría aún al imputado en prisión preventiva. Con ello, empieza a correr el plazo de 10 días para presentar acusación e ir a audiencia de preparación de juicio oral, donde pudo haber pedido la reapertura de la investigación.

Otra abogada confirma esta posibilidad, pero aclara que realizar esa estrategia implica tener argumentos firmes para pedir la repapertura, como diligencias esenciales que se encuentren pendientes. Ahora, si estaban convencidos de ampliar, estas pudieron haber existido.

¿Y qué sucede en cuanto al caso de la menor de 7 años? Una de las fuentes de El Día indica que, estando el imputado en prisión preventiva, no se debería pedir la misma cautelar para el otro delito, por el principio “non bis in idem”, ya que decretar dos veces esta medida por delitos de la misma naturaleza, sería “castigar doblemente” al imputado. Esto, podría incluso generar recursos de garantía o amparo a favor del presunto autor de los hechos.

Sin embargo, una abogada explica que el error pasa por no haber pedido una cautelar menos gravosa. Por ejemplo, arraigo nacional para que, en caso de extinguirse la prisión preventiva por el otro delito, se pueda cambiar la cautelar de este. Esto sería conveniente, además, porque quedaría apercibido y si no comparece ante un requerimiento del tribunal, se le puede llevar por la fuerza.

Con esto, se prevén situaciones precisamente como estas que, aunque poco comunes, son posibles.

 

 

 

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