• El proceso legal llegó hasta La Corte de Apelaciones, en donde se declaró ambas condenas.
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Juan Carlos Tapia fue condenado por el Tribunal de Combarbalá como autor de un delito de quebrantamiento de condena a raíz de la conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad durante el año 2013.

El concejal de la comuna de  Combarbalá, Juan Carlos Tapia Araya,  fue condenado por dos delitos tras haber conducido en estado de ebriedad en el año 2013.  En primera instancia, Tapia fue condenado por esta infracción, donde recibió la pena de suspensión de ejercicio en el cargo público. Sin embargo, durante el mes de julio y agosto del mismo año, el concejal no cumplió con la sanción, asistiendo a sesiones en aquel periodo, estableciéndose así el quebrantamiento de condena.

Luego este proceso, Juan Carlos Tapia fue nuevamente condenado, esta vez por el delito de manejo con licencia suspendida producto de la causa anterior. El documento otorgado este martes, luego de que el caso llegara hasta la Corte de Apelaciones, detalla la sentencia dictada por Walter Erik Piñats Aliaga, juez subrogante del Juzgado de Letras y Garantía de Combarbalá, el cual condenó primero al concejal a “la pena de cuarenta y un días de suspensión de cargo u oficio público, como autor de un delito de quebrantamiento de condena, previsto y sancionado en el artículo 90 N° 6 del Código Penal, cometido en el periodo comprendido entre el 06 de julio al 15 de agosto del año 2013, en esta comuna”.

En segunda instancia, Tapia es condenado “a la pena de cuarenta y un días de suspensión de cargo u oficio público, como autor de un delito de quebrantamiento de condena, previsto y sancionado en el artículo 90 N° 6 del Código Penal, cometido en el periodo comprendido entre el 28 de diciembre del año 2013 y el 08 de febrero del año 2014, en esta comuna.”

Esto suma 82 días en los que el funcionario público no podrá ejercer tras las acciones ya nombradas.

Al respecto, la Municipalidad de Combarbalá manifestó “su estricto apego al estado de derecho y a las leyes que rigen nuestro país, señalando que nadie, ni menos las autoridades locales están sobre la ley. El municipio, además, “lamenta la situación en la que se ve involucrado el concejal de la comuna, pero señala que el cuerpo colegiado presidido por el alcalde de la comuna, no avalará conductas  o situaciones reñidas con la ley apoyando plenamente el ejercicio y jurisprudencia de los Tribunal de Justicia, más aún cuando esta sentencia fue ratificada por la Corte de Apelaciones”.

 

 

 

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Diario El Ovallino