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En fallo dividido no se dio lugar a la acción judicial, tras establecer que la actuación impugnada corresponde a materias privativas del Poder Ejecutivo.

La Corte de Apelaciones de La Serena declaró hoy inadmisible el recurso de protección presentado por la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales (ANEF), de Coquimbo, en contra del ministro del Interior y Seguridad Pública, Gonzalo Blumel, y del ministro de Hacienda, Ignacio Briones, por la dictación del oficio circular N°18 que establece el retorno gradual de los funcionarios públicos a sus puestos de trabajo.

En fallo dividido (causa rol 640-2020), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Juan Pedro Shertzer, Marta Maldonado y Christian Le-Cerf– no dio lugar a la acción judicial, tras establecer que la actuación impugnada corresponde a materias privativas del Poder Ejecutivo.

“Conforme los hechos expuestos en el recurso de protección, y considerando que el objeto del presente arbitrio dice relación con actuaciones que se vinculan con la adopción de estrategias, propias de políticas públicas, frente a la contingencia sanitaria que actualmente el país enfrenta, gestión que es privativa del Ejecutivo y que no corresponde a los Tribunales de Justicia establecer, excediendo por ende la petición del recurso incoado, los fines propios de esta excepcional acción cautelar, y visto lo dispuesto en el numeral 2 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, se declara INADMISIBLE el recurso de protección interpuesto”, resuelve el fallo.

Decisión acordada con el voto en contra del ministro Le-Cerf, quien fue del parecer de acoger a tramitación la acción constitucional, teniendo únicamente presente que se exponen hechos que eventualmente pueden constituir vulneración de garantías constitucionales.

 

 

 

 

 

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