Crédito fotografía: 
El Día
La cifra muestra un fuerte aumento respecto a las solicitudes que se presentaron ante los juzgados de familia entre enero y junio, totalizando 6.124. Por el contrario, sólo durante el mes anterior, momento en que se promulga la ley que permite el retiro de los fondos de pensión de las AFP - y la retención de éstos a quienes mantienen deudas por el no pago hacia el tutelar de sus hijos - el número de demandas casi se triplicó.

Christian Armaza - Diario El Día

 

Un fuerte aumento se registró durante el mes de julio en la Región de Coquimbo del número de solicitudes de liquidación por pensiones alimenticias durante el pasado mes de julio, las que en total alcanzaron –sólo en dicho mes – un total de 16.283 peticiones.

Comparado con el periodo enero – junio de este año, en donde el total sumó 6.124 demandas, el número de solicitudes durante el séptimo mes del año -momento en que se promulga la ley que permite el retiro del 10% de los fondos de pensión de las AFP, así como la retención de éstos a quienes mantienen deudas por el no pago hacia el tutelar de sus hijos- se disparó en un 265%.

Por ejemplo, si entre enero y junio, en el Juzgado de Familia de La Serena, fueron presentadas un total de 2.001 solicitudes de liquidación, en julio, la cifra alcanzó las 5.457. Por otro lado en Coquimbo, si durante los primeros seis meses de 2020, un total de 2.107 fueron ingresadas durante ese periodo, en julio se llegó a las 5.796 peticiones.

En Ovalle, en tanto, ese mismo mes, se alcanzaron las 3.364 solicitudes de liquidación, versus las 1.198 registradas los seis meses anteriores.

Al respecto, la jueza presidenta del Juzgado de Familia de La Serena, Pamela Pérez, sostuvo que en la Región de Coquimbo, “el proceso de solicitud se ha hecho de manera bastante rápida de parte de los tribunales. De hecho, los primeras formularios que se presentaron ya están casi todos resueltos y con orden de retención”.

Sobre el abultado número que se observa respecto al fuerte aumento de las demandas desde la promulgación de la ley que permite el retiro del 10% de las AFP y a su vez, la retención de los dineros para los deudores de la pensión de alimentos, la jueza Pérez recuerda que se debe tener en cuenta que el proceso de retiro de parte de los ahorros tiene una duración de un año, por lo que es casi seguro “que van a seguir llegando solicitudes de retención. Lo puede sacar de aquí a un año”.

Problemas con el sistema

Uno de los puntos que dejó en evidencia todo este proceso – y que este lunes fue recogido por la prensa nacional – es que el sistema de cobro no pensiones no funciona. Sólo cabe decir que el 84% de las pensiones de alimentos no se paga en Chile, cifra que según la jueza Pamela Pérez, es semejante a la que se registra en la Región de Coquimbo.

¿Pero quiénes son los que no pagan? La magistrada explica que “son personas que no tienen trabajo fijo y que tienen mucha rotación laboral. Entonces es difícil ubicarlos para que el empleador retenga ese dinero, porque puede estar tres meses con un empleador, después están tres meses con otro empleador y la verdad, es que la mujer demandante les pierde el hilo de donde están”.

A eso, señala, se suman medidas de coerción que a la larga, no resultan efectivas para obligar al demandado a pagar su deuda alimenticia, pese a haber sido endurecidas hace unos años. Por último estima la magistrada, no se debe dejar de lado, el aspecto cultural, en donde sobre los hombros de las mujeres, se carga frecuentemente, la crianza de los niños.

¿Qué hacer?

En ese sentido, para la jueza Pamela Pérez, uno de los caminos para enfrentar las falencias del sistema radica “en poder dar atribución al juez de familia para que desde ya, existiendo una deuda, poder oficiar a todas las instituciones como Tesorería, AFP, Bancos o SII, para retener esa deuda”.

No obstante señala, los tribunales en este aspecto, “solo pueden hacer lo que está determinado por ley,  y en se sentido, lo que la ley establece ante el no pago de una pensión alimenticia es efectivamente, el arresto, la suspensión de licencia, y también la retención (del cobro) por parte del empleador”, aclara. 

 

 

 

Contenido relacionado

- {{similar.created}}

No hay contenido relacionado

Cargando ...

 

 

 

Diario El Ovallino