• Las funas dañan la imagen de una persona y su reputación, involucrando, la mayoría de las veces, a todo su grupo familiar
Crédito fotografía: 
El Ovallino
Muchas de estas publicaciones se viralizan rápidamente y no cuentan con la posibilidad de réplica de la persona que se acusa.

Daños a la honra, exposición de la vida privada y el escarnio público son algunas de las consecuencias de las llamadas funas, las que desde un tiempo a esta parte abundan en redes sociales.

Quienes las publican buscan “hacer justicia” con sus propias manos, sin pensar demasiado en las consecuencias de tales acusaciones, las que muchas veces no tienen fundamento o son falsas e involucran a familias completas, dañando la reputación e imagen de los acusados.

Otra de las características de las funas, que usualmente se publican a través de plataformas como Whatsapp y Facebook, es la rápida viralización de estas publicaciones, lo que se traduce en que, la mayoría de las veces, sea imposible eliminar del todo de Internet.

Juan Pedro López, sociólogo de la Universidad Central sede La Serena, explica que el termino funa proviene del mapudungun y significa podrir “la funa en definitiva es podrir la imagen de otra persona”.

El profesional sostiene que estas funas se dan cuando una persona se siente afectada por otra y desea exponer su experiencia, “básicamente se dan por la exposición de una situación que un individuo considera injusta o que existe alguna impunidad respecto de los hechos. Es una manera en que las personas toman la justicia, por así decirlo, en sus propias manos y realiza estas acusaciones”.

El sociólogo indica que uno de los principales problemas de las funas es su rápida viralización y falta de pruebas que confirmen las acusaciones. “Lo que sucede con estas funas en redes sociales es que se viralizan rápidamente y no se cuestiona la veracidad de la denuncia que se está realizando. Además, no existe una forma de defensa por parte del acusado respecto a los hechos” añadiendo que “se vulnera de la privacidad del acusado, porque hoy día con la funa se comparten domicilio, teléfono y fotografías de la familia de la persona afectada”.

CONSECUENCIAS LEGALES

Además del escarnio público y el daño de la imagen de las personas funadas, el realizar este tipo de publicaciones puede traer consecuencias legales para quienes las realizan, así lo explica César Vargas,  académico  de la facultad de derecho de la Universidad Central sede La Serena.

El docente señala que lo primero que hay que tener en claro es que esta forma de funa por las redes sociales es un tema ya zanjado por los tribunales. “Existen dos medios para detener los daños que le puede producir a la persona funada. Por un lado están las demandas por los recursos de protección y por otro lado una querella (demanda civil) por injurias y calumnias”.

El profesional explicó que en el caso de necesitar un recurso de protección, este se debe presentar ante la corte de apelaciones más cercana y en compañía de un abogado “ese recurso se interpone en la corte de apelaciones respectiva y van a solicitarle a la persona que hizo está funa que comparezca ante el tribunal y si no comparece se va a dictar un fallo que ordene bajar esta publicación”.

Con relación a las querellas y demandas, el abogado manifestó que tiene que ver con buscar una persecución penal de quien realiza la funa, a través del delito de injurias y calumnias “esto obviamente sigue un procedimiento penal y busca que se le aplique una pena  las personas que han cometido funas públicas, notorias y que no han sido probadas ni dentro de un contexto de una investigación o un procedimiento racional y justo que establecen las garantías constitucionales”.

Para la persecución penal, “la persona afectada debe hacer una denuncia en fiscalía y fiscalía puede iniciar una investigación al respecto, pero también puede deducirse una querella, que es una demanda civil, y esta querella tiene que ser patrocinada por un abogado y también se deduce en el tribunal de garantía competente” explicó Vargas.

En cuanto a las penas, el profesional indicó que es muy relativo, debido a que “tribunales tienen que considerar muchos factores” agregando que “generalmente la sanción tiene que ver con acuerdos reparatorios”.

“Bajo ese punto de vista no es que arriesgue una pena sino que lo van a sancionar de manera pecuniaria porque lo que está haciendo es dañar la imagen de la persona y eso causa un prejuicio y es perjuicio tiene que ser reparado y la forma de reparar es a través de dinero, hay fallos que dicen que se puden pagar hasta 10 millones de pesos por hacer esta funa”, sostuvo el docente.

VÍAS CORRECTAS PARA EVITAR LAS FUNAS

Si bien las funas nacieron como forma de “hacer justicia ciudadana”, César Vargas recomendó utilizar los canales jurídicos establecidos pues así se asegura un juicio justo. “La vía recomendable en el caso de que una persona se vea afectada por alguna especie de engaño o situación que amerite la investigación por un delito tiene es ir a la fiscalía y hacer la denuncia respectiva .Lo que se recomienda hoy en día es evitar las funas porque si la persona funada toma acciones legales estas pueden ser mucho más gravosas para la persona que hace la funa que lo que podría haberse afectado por este delito o no”.

CASOS EMBLEMÁTICOS DE FUNAS EN LA PROVINCIA

En la provincia de Limarí existen al menos dos casos emblemáticos de funas a través de redes sociales, que resultaron ser acusaciones totalmente falsas. Una de ellas ocurrió en Monte Patria y la otra en Ovalle.

El 2015 una madre sentó un precedente jurídico al ganar un juicio por injurias en Facebook, ella se querelló y ganó un juicio contra un hombre que intentó desprestigiar a su hijo de 30 años, en la comuna de Monte Patria, quien había sido acusado a través de Facebook de un delito que no había cometido.

Es así que a través de su muro de Facebook, M. G. P. A. se encargó de etiquetar a decenas de personas con la dañina información, que según el abogado querellante de este caso, Adolfo Lay, injuriaba y calumniaba al hijo de la mujer por el delito de abuso sexual y violación contra 2 menores de edad.

El texto decía: “por favor difunda esta foto de este maldito que abusó de 2 de mis primitos y anda libre por la calle, cuiden a su hijo de este maldito que ya pagará”, informó Lay a El Ovallino en ese momento.

Todo esto llevó a la familia del afectado a poner la denuncia en el Juzgado de Garantía por injurias y calumnias contra el sujeto. La audiencia se llevó a cabo el 28 de diciembre del 2015, fallando a favor de los querellantes. “En esa oportunidad el juez llamó a conciliación y exigimos disculpas públicas, donde el imputado firmó la petición establecida de mi cliente y también se ordenó hacerlo por su mismo muro de Facebook. Acción que sin duda puede marcar un precedente en todos los delitos frente a querellas que se presenten contra un hecho que genere daño, desmedro y ofensa a una persona, mediante la vía de redes sociales”, culminó el jurista.

A mediados de 2016, a través del extinto grupo  “Eres de Ovalle Si”, una usuaria efectuó graves acusaciones en contra una contadora y profesora ovallina, las que finalmente eran falsas.

La situación causó serios daños morales a la afectada, por lo cual recurrió a la justicia. En el posteo, esta persona la trataba de “sinvergüenza” y aseguraba que en el ejercicio de su profesión de contadora, la profesional había estafado a su pareja por la suma de tres millones de pesos agregando que, “lo ha hecho con más personas, hago público esto para que nadie más caiga (…) . La publicación, que fue acompañada por una fotografía y fue compartida por otros integrantes del grupo, por lo que se viralizó en las redes sociales y además, recibió decenas de comentarios, denostando a la supuesta “estafadora”. 

La falsedad de esta acusación se demostró legalmente tras un juicio en cuya resolución que data del 9 de agosto de 2016 se señala que “no es efectivo que se adeude la suma de $2.728.652”.

 

 

 

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