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Por unanimidad, la Comisión de Constitución aprobó en general el proyecto que excluye de la posibilidad de rebajar el tiempo de condena por buena conducta, a quienes hayan cometido crímenes de carácter sexual contra menores de edad.

La Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados, presidida por Matías Walker, aprobó por unanimidad con once votos a favor (ausentes de la votación Camila Flores y Juan Antonio Coloma), la idea de legislar del proyecto de ley que excluye de beneficios carcelarios sobre la base de la buena conducta a quienes hayan cometido crímenes de carácter sexual contra menores de edad.

El proyecto del Ejecutivo modifica la ley 19.856. Matías Walker señaló que “aprobamos por unanimidad la idea de legislar del proyecto que impide la aplicación de beneficios la aplicación de beneficios carcelarios a todos aquellos condenados por delitos de crímenes graves contra menores”, explicó el Diputado Matías Walker, quien a la vez agregó que durante la discusión de la propuesta del Ejecutivo se planteó ampliar el catálogo de delitos que no podrían tener beneficios carcelarios. 

Respecto a estos delitos que debieran incorporarse en el proyecto, Matías Walker señaló que “el problema del proyecto, y se lo hicimos ver al Ministro de Justicia, es que quedan excluidos del catálogo de delitos que impiden otorgamiento de beneficios, delitos también de carácter sexual contra menores que no tienen pena de crimen. Por ejemplo, las penas que tienen que ver con producción, distribución y comercialización de material pornográfico infantil, así como también los delitos de abuso sexual contra mayores de 14 años y menores de 18 años”.

Agregó el diputado Matías Walker que a esta propuesta de no poder acceder a beneficios carcelarios “también hemos presentado una indicación para incorporar los delitos de lesa humanidad, así como lo hicimos el año 2018 en relación a la modificación del régimen de otorgamiento de libertad condicional”. 

Exposiciones

Ante la comisión, el ministro de Justicia, Hernán Larraín, calificó el proyecto de ley como sencillo pero necesario, ya que se da la paradoja que los abusadores sexuales contra menores de edad, una vez privados de libertad, no se comportan de manera violenta por lo que, en general, cumplen con el requisito de buena conducta que, precisamente, les faculta para pedir la rebaja de su condena.

Por su parte, Ymay Ortiz, directora de la Unidad Especializada en DD.HH., Violencia de Género y Delitos Sexuales de la Fiscalía Nacional, planteó la necesidad de establecer un sistema de ejecución de penas con fiscales y jueces especializados y de abordar con mayor integralidad las modificaciones que requiere el Código Penal. Enfatizó que el catálogo de delitos es complejo porque deja a unos de lado, privilegiando a otros, como en el caso de este proyecto de ley.

El actual proyecto del Ejecutivo, al que los parlamentarios quieren incorporar otros delitos, incorpora en el catálogo de excepciones los crímenes cometidos contra la libertad e indemnidad sexual de personas menores de edad. De esta forma, no podrían acceder a rebajas de condenas quienes hayan cometido los siguientes crímenes tipificados en el Código Penal: 

- Trato cruel, inhumano o degradante con violación o abuso sexual agravado (art. 150 E en relación a los artículos 361, 362, 365 bis);

- Violación (art. 361);

- Violación de persona menor de 14 años (art. 362);

- Estupro (art. 363);

- Abuso sexual agravado (art. 365 bis);

- Abuso sexual de persona menor de 14 años (art. 366 bis);

- Trata calificada de personas, en relación a la explotación sexual (art. 411 quáter).

 

 

 

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