• Además de la privación de libertad, tendrá penas accesorias y vigilancia por los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena
Con dos sentencias de diez y cinco años respectivamente Se determinó su autoría “consumada y continuada” de abuso sexual y violación de menores de edad

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Ovalle condenó  a C.D.R.N. a las penas efectivas de 5 y 10 años de presidio, en calidad de autor de los delitos consumados y continuados de abuso sexual y violación de menores de edad, respectivamente. Ilícitos perpetrados en fechas indeterminadas entre 2007 y 2016, en la comuna.

Es esta ocasión y a pesar de tener una sentencia firme, al señalado se le reconocerá sólo por las iniciales, porque se ven involucrados menores de edad, no por proteger la identidad del acusado, sino para que no exista rastro que pueda llegar a las víctimas.

Durante el juicio la Fiscalía acusó que en fechas no determinadas entre los años 2007 y el mes de enero de 2016, el acusado, en forma reiterada y abusando de la confianza en él depositada, le sacó la ropa a su nieta y cometió violación contra ésta.

Incluso amenazó a la víctima con matarla si revelaba lo sucedido.

En tanto, también acusó que en fechas no determinadas entre los años 2010 y el mes de diciembre de 2015, el acusado cometió abuso sexual contra otra nieta, también amenazando que causaría daño a su padre.

La fiscal que llevó el caso a juicio, Rocío Valdivia, relató que “la investigación se inició en enero del 2016, con la denuncia que hizo la madre de las niñas por abuso y violación en forma reiterada”, dijo.

En el juicio oral, la fiscal incorporó prueba testimonial basada en la declaración de ambas niñas, quienes declararon en forma completa y con un corelato emocional desde lo que vivieron, sindicando a su abuelo. También declaró su madre, dos peritos psicólogos y uno del servicio médico legal”, dijo.

En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Andrés Elgueta Muñoz (presidente), Cristián Alfonso Durruty y Ana Hernández Muñoz (redactora)– aplicó, además, a C.D.R.N. las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras duren las condenas; la privación de la patria potestad respecto de las menores, “como asimismo de todos los derechos que por el ministerio de la ley se le confieren respecto de la persona y bienes de dichas ofendidas y de sus ascendientes, de lo que se dejará constancia mediante subinscripción que se practicará al margen de la inscripción de nacimiento de las menores, conservando, en cambio, todas las obligaciones legales cuyo cumplimiento vaya en beneficio de ésta o de sus descendientes”.

C.D.R.N. deberá cumplir, además, con “las penas de interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa, y de sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal”, y a la “pena de inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad”.

Una vez ejecutoriado el fallo, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

 

 

 

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Diario El Ovallino