El conocido ladrón fue condenado por sustraer especies desde el interior de un vehículo en mayo pasado. La fiscalía confirmó que la pena es de cumplimiento efectivo y el sujeto deberá ingresar a la cárcel una vez que la sentencia quede ejecutoriada.
El renombrado delincuente ovallino de iniciales L.I.S.I., conocido popularmente como “el Sopaipilla”, quien el último tiempo ha estado en la palestra pública por sus reiteradas detenciones y posteriores liberaciones, deberá cumplir una pena efectiva de 541 días de cárcel tras ser condenado por el delito de hurto simple.
De acuerdo con antecedentes entregados por la fiscalía local de Ovalle, el hecho por el que el sujeto deberá ir a prisión ocurrió el 6 de mayo de 2025, cerca de las 07:00 horas, cuando el imputado sustrajo una cartera marca Gacel y un teléfono celular color azul desde el interior de un vehículo marca Suzuki Celerio, estacionado frente a un inmueble en calle Los Carrera, en la ciudad de Ovalle. Las especies fueron avaluadas en cerca de 500 mil pesos.
El fiscal Herbert Rohde, quien estuvo a cargo del caso, confirmó que la sentencia fue dictada el 5 de noviembre y contempla presidio menor en su grado medio, además de una multa de una Unidad Tributaria Mensual, además de precisar que el cumplimiento será en un recinto penitenciario.
“Esta pena es de cumplimiento efectivo y el imputado va a entrar a cumplirla en los próximos días, una vez que la sentencia esté ejecutoriada”, explicó el fiscal.
UN HISTORIAL DE REINCIDENCIAS
El caso de “el Sopaipilla” no es uno más dentro de la estadística policial local. Según antecedentes entregados por el mayor Erwin Orellana, comisario de la Tercera Comisaría de Carabineros de Ovalle, el sujeto mantiene 91 reiteraciones registradas entre 2005 y 2025, habiendo pasado 59 veces a control de detención ante el Poder Judicial.
Su prontuario revela una alta especialización en delitos contra la propiedad, con 22 causas judiciales por robos, principalmente hurtos. “Los datos fríos revelan un perfil criminológico altamente especializado en delitos contra la propiedad, con un foco notorio en el hurto en supermercados o centros comerciales y el robo por sorpresa”, explicó Orellana.
El oficial explicó que el individuo operaba en ocasiones con una red de al menos 21 cómplices ya individualizados por Carabineros y que su actividad delictual se concentraba en el sector de calle Benavente y sus alrededores, donde ha sido señalado reiteradamente por comerciantes como uno de los responsables de la inseguridad cotidiana.
IMPACTO EN LA COMUNIDAD Y LABOR POLICIAL
Desde Carabineros señalaron que la detención y posterior condena de “el Sopaipilla” representa un hito dentro del trabajo sostenido para reducir la delincuencia persistente en el centro de Ovalle.
“Nuestra labor se enmarca en los lineamientos del Programa de Policiamiento impulsado por el general director de Carabineros, Marcelo Araya Zapata, que busca recuperar los espacios públicos y devolver la tranquilidad a la ciudadanía”, indicó el mayor Erwin Orellana, agregando que casos como este reflejan la determinación institucional de mantener presencia activa en las zonas más afectadas por delitos reiterados. El lema institucional en este contexto es claro: “Debemos trabajar en no perder la calle y más aún, en recuperar la calle”, explicó.
UN SISTEMA QUE PRIORIZA LA REINSERCIÓN
Por su parte, el académico de Derecho de la Universidad Central, sede Región de Coquimbo, José Marín, explicó que la reiterada detención de una misma persona no necesariamente implica reincidencia desde el punto de vista legal. “Para que exista reincidencia, debe haber condena previa. El hecho de tener muchas detenciones no implica haber reincidido penalmente, porque en muchos casos no se logra acreditar la culpabilidad o las causas terminan sobreseídas”, precisó.
El especialista detalló que el sistema penal chileno está estructurado sobre el principio de inocencia y la búsqueda de reinserción social, por lo que la regla general es la libertad, tanto en las medidas cautelares como en el cumplimiento de las penas. “Todo apunta a que las penas o medidas cautelares se cumplan en libertad, salvo en los delitos graves o cuando la pena supere los 5 años”, explicó Marín.
En ese sentido, la prisión preventiva solo se aplica como último recurso, pues es de las medidas cautelares más gravosas, y se aplica cuando la libertad representa un peligro para la sociedad o riesgo de fuga. Por ello, muchos imputados por delitos menores como hurtos o robos simples permanecen en libertad durante la tramitación de sus causas o bien cumplen penas sustitutivas establecidas en la Ley 18.216.
De esta manera, aunque casos como el de “el Sopaipilla” generan alarma pública por la frecuencia de sus detenciones, los márgenes legales y las limitaciones operativas del sistema explican por qué muchos infractores vuelven a circular por las calles incluso tras múltiples procesos judiciales.
