Un duro golpe a los familiares de Pedro Gavilán Durán (48), hombre víctima de homicidio en mayo del año pasado, causó escuchar a los jueces del Tribunal Oral en lo Penal de Ovalle absolver de cargos al imputado por el asesinato.
Los cercanos salieron llorando del juzgado exigiendo justicia por un crimen que hoy no tiene un culpable.
La reacción de los parientes del hombre de 48 años se debe a que los magistrados, de forma unánime, decidieron eximir de los cargos como autor del delito de homicidio simple, en grado de consumado, a Gabriel Blanco Mendoza.
Los hechos se remontan a inicios de mayo pasado, cuando Gavilán sufrió una certera estocada en el tórax al interior de una vivienda (pensión) en calle Padre Manuel Lacunza, de la población Carmelitana.
El Ministerio Público establecía que Blanco había sido el responsable del ataque, pero el juzgado dijo lo contrario.
Luego del juicio desarrollado durante la semana pasada, los jueces deliberaron a favor de la defensa del sospechoso, indicando que “en horas no determinadas de la noche del 2 de mayo de 2014, en el interior del domicilio ubicado en calle Padre Manuel Lacunza, un sujeto no individualizado agredió a Pedro Antonio Gavilán Durán, con un arma blanca causándole una herida torácica falleciendo producto de una herida torácica complicada corto penetrante; los que son constitutivos del delito de homicidio simple en grado de consumado en los que no es posible atribuir participación, fuera de toda razonable duda, al encartado Gabriel Esteban Blanco Mendoza”.
De este modo, el imputado abandonó la prisión preventiva que cumplía desde diciembre (cuando fue su detención) y quedó en libertad, exento de la acusación.
La clave del juicio
El tribunal no acreditó la participación de Blanco en el homicidio debido a las contradicciones en los testimonios presentados por la fiscalía. Estos relatos dejaron en duda los horarios en que se registró el crimen.
La abogada defensora de Blanco, María Fernanda Rojas, sostuvo que la clave que influyó a su favor fue la prueba del Ministerio Público.
“No se acreditó la participación de mi representando porque el Ministerio Público no llevó todas las pruebas necesarias para poder determinar que don Gabriel Blanco tuvo participación en el delito. La defensa nunca cuestionó que efectivamente hubo un delito, que este era un homicidio simple, pero sí cuestionamos que nuestro representando no tuvo participación.
Llegamos a esta tesis porque los antecedentes de la investigación no determinaban la participación de él en este delito, ninguno de los testimonios fue determinante para acreditar esta participación”, indicó.
Pero el testigo relevante para la deliberación de los jueces fue el de un compañero de vivienda de la víctima, quien derrumbó la tesis de la fiscalía.
El Ministerio Público manejaba la información emanada por la dueña de casa, quien indicaba que días antes Blanco y Gavilán habían mantenido un enfrentamiento a golpes, pero tras ello continuaron siendo convivientes.
La misma mujer declaró que vio a la víctima junto al imputado cerca de las 20.30 horas, pero aseguró que presenció salir del domicilio a este último antes de las 21.00 horas. Mientras que el compañero de casa aseguró ver con vida por última vez a Gavilán alrededor de las 22.30 horas.
“La dueña de casa vio con vida al fallecido cerca de las 20.30 horas, pero el otro testigo señaló que lo vio cerca de las 22.30 horas, sentado en un sillón en el patio, mientras que Gabriel visitó la pensión y se fue antes de las 21.00 horas.
Nosotros no fuimos al juicio con pruebas propias, no fuimos con testigos ni documentos, sólo nos amparamos en la prueba del Ministerio Público. Fueron los propios testigos el Ministerio Público los que permitieron acreditar que nuestro representado no tuvo responsabilidad, ya que ninguno dio cuenta de ver a don Gabriel con un arma, algún signo de violencia, ni menos alguien lo vio propinando la estocada mortal”.
El reclamo
La fiscal a cargo del caso, Rocío Valdivia, lamentó que sus pruebas no fueran capaces de determinar a un responsable en la muerte de Gavilán y agregó que el Ministerio Público estudia la posibilidad de reclamar el fallo, pidiendo una nulidad del juicio.
“La decisión (de absolver al imputado) la adoptó el tribunal por declaraciones contradictorias de parte de los testigos que presentamos, pero se está haciendo el estudio de la sentencia, el documento recién se leyó el martes, y ahora está en manos de la fiscalía regional adoptar la decisión respecto a si el fallo adolece de algún vicio.
Para adoptar este reclamo, las causales son específicas dentro de la ley, tiene que existir una falla en la sentencia, ya sea en la aplicación del derecho o en la apreciación de la prueba”, dijo Valdivia.
Sobre el testigo clave en el juicio la persecutora expresó que “la declaración influyó en la determinación del tribunal, esa declaración cambiaba las horas que nosotros decíamos que podrían haber ocurrido los hechos y eso logró establecer una duda razonable a los jueces respecto a la participación de Blanco en los hechos”.
Rocío Valdivia agregó que la familia de la víctima está siendo asesorada por la Unidad de Atención a Víctimas de Delitos Violentos, quienes están haciendo un estudio propio en relación de recurrir a reclamar al fallo.