Ovalle sufrió un nuevo accidente de tránsito con resultado fatal el pasado domingo 11 de mayo, cuando un automóvil volcó en la Ruta D-687 en horas de la madrugada.
Pasadas las 05:00 hrs, el vehículo que transitaba de sur a norte volcó a un costado de la ruta, hecho que provocó la muerte de una mujer de iniciales C. P. A. M., quien falleció horas más tarde en la unidad de Urgencias del Hospital de Ovalle por la gravedad de las lesiones.
Una segunda pasajera del automóvil resultó con lesiones graves, y por el momento se mantiene hospitalizada.Carabineros concurrió al lugar y constató que el conductor manejó en estado de ebriedad, por lo cual se procedió a su detención.
En la primera audiencia la Fiscalía solicitó una ampliación de la detención, por lo que la formalización finalmente se concretó este martes 13 de mayo, en donde el Ministerio Público formalizó al imputado de iniciales L. E. D. B. por el delito de conducción en estado de ebriedad con resultado de muerte y lesiones graves, enfatizando además que el manejo del vehículo fue a una velocidad “no razonable ni prudente”.
Por la gravedad de los hechos, la Fiscalía solicitó la medida cautelar de prisión preventiva, “efectivamente existen antecedentes que hacen justificable la existencia del hecho, como a su vez existen antecedentes que hacen presumir fundadamente la autoría del formalizado. La figura del manejo en estado de ebriedad con estos resultados de lesiones graves y muerte, traen aparejado una imposición de una pena que es efectiva”, justificó el fiscal Jaime Rojas, quien además añadió un nuevo antecedente a tomar en cuenta, y es que el imputado habría manifestado ser conductor de Uber.
Pese a la oposición de la defensa para esta medida cautelar, el juez Darío Díaz Peña y Lillo accedió a la petición de la Fiscalía, “primero, hay que considerar que el hecho es grave, porque lamentablemente resultó fallecida una persona. Segundo, que la pena probable en teoría podría llegar a presidio mayor, considerando la tesis planteada por la defensa de considerar esto como un solo hecho que tiene consecuencias, pero es imposible no considerar la extensión del mal causado”, razonó.
“Tampoco parece desproporcionada la solicitud de prisión preventiva en esta etapa procesal si con los antecedentes que hoy día se disponen se hace una proyección eventual de pena, porque hay una norma que en principio debiese aplicarse y que obliga que quien sea condenado por estos delitos tenga que cumplir la pena privado de libertad a lo menos por un año”, concluyó el magistrado.Cabe destacar que se fijó un plazo de investigación de 90 días.