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La Corte de Apelaciones estimó que el imputado había incumplido en forma reiterada y grave su libertad vigilada intensiva, por lo que deberá regresar a presidio. Juzgado de Garantía dictó orden de aprehensión en su contra.

La primera sala de la Corte de Apelaciones de La Serena, confirmó la resolución del juez de Garantía y Letras de Combarbalá que revocó una pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva – a petición de la Fiscalía Local- de F.N.B.V. condenado por robo en lugar habitado.

La Fiscalía en su momento, representada por el fiscal Paulo Duarte, había acusado que el día 24 de enero de 2019, alrededor de las 17:05 horas, el sujeto ingresó al domicilio de la víctima en calle Guatemanque de Combarbalá, para robar desde uno de los dormitorios joyas de plata y oro, una botella de Whisky, un perfume, entre otras especies, para después huir con éstas.

En agosto de 2019 se realizó el juicio oral en su contra, en el cual los magistrados del Tribunal Oral en lo Penal de Ovalle lo condenaron a cinco años un día de presidio efectivo por robo en lugar habitado.

Tras cumplir parte de la sentencia y los requisitos legales, pudo acceder a la libertad vigilada intensiva el año 2021.

Sin embargo, el juez de Garantía de Combarbalá, a petición de la Fiscalía de Combarbalá, resolvió el 04 de mayo pasado la revocación de la libertad vigilada intensiva y ordenó el cumplimiento efectivo del saldo de la sentencia ante los incumplimientos del sentenciado.

La defensa del sujeto recurrió de la resolución, pero la Corte rechazó la solicitud presentada que buscaba cambiar la decisión del juez de garantía de esa comuna. El Tribunal de Alzada estimó que F.N.B.V. ha incumplido de manera reiterada y grave la pena sustitutiva otorgada con anterioridad y ordenó el cumplimiento efectivo del saldo restante.

El Juzgado de Garantía dictó la orden de aprehensión en su contra para el cumplimiento del resto de la pena.

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