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Si bien reconocen las credenciales con las que llegó la nueva autoridad, aseguran que la ley que marcó la creación de los CFT a nivel nacional estipula que la segunda autoridad tendría que salir de un proceso eleccionario. Adelantan que la autonomía también se reflejaría en la parte financiera.

El camino hacia la autonomía universitaria del CFT local todavía no está completamente claro. La reciente designación del nuevo rector no permite visualizar el horizonte en cuento a la autonomía real.

El presidente de la Asociación de Funcionarios del Centro de Formación Técnica Estatal Región Coquimbo, Rolando Rubio, señaló a El Ovallino que si bien reconocen las credenciales con las cuales el nuevo rector fue escogido en la terna final del proceso de Alta Dirección Pública, ese mecanismo se contradice con el espíritu de la ley que le dio vida al organismo educativo.

“Es la ley la que está planteando la autonomía de las organizaciones de educación superior. Es la misma ley que impulsó la creación de los CFT a nivel nacional. En esa ley se establece, en su artículo transitorio, que el primer rector será nombrado mientras que el segundo será electo, no dice seleccionado, sino que será electo. Por lo que tiene que ser escogido con parámetros que establezca la misma institución”, señaló el dirigente.

La organización que dirige Rubio cuanta con 34 socios, de los 94 que hacen vida en la institución pública, ya que pueden participar quienes cuentan con contrato de manera indefinida, condición con la que no todos cuentan.

“Lo que falta es redactar los reglamentos para cada elección, pero lo que nosotros pedimos a través de una carta dirigida al Presidente de la República es que se cumpla la elección de la autoridad, y que se determine que todos los rectores de los CFT estatales del país, llamen a elecciones como corresponde y que se renueve por esa vía a sus autoridades superiores”.

-¿Quién redacta ese reglamento de elecciones?

-“Se asume que cada CFT debería redactar y aprobar su propio reglamento, sería potestad de cada directorio, en el que está representado cada estamento de su vida regional, están los empresarios y los organismos privados, por otro lado el mundo universitario y por otro el mundo de los trabajadores. Lo que nosotros pedimos es que haya cumplimiento al espíritu de la ley y de su letra, cosa que ahorita no se está produciendo”.

-¿Pero si no hay reglamento, no se autoriza al Gobierno a nombrar a un rector?

-“Pero es que ya hay un precedente para ello, que pasó en la Universidad de Aysén cuando fue despedida la rectora, quien había sido nombrada por la presidenta Bachelet, y cuando el gobierno quiso nombrar a un nuevo rector, un tribunal determinó que había que nombrar un rector interino que redactara los reglamentos y que llamara a elecciones para que fuera elegido el nuevo rector, no que fuera nombrado. A la luz de ese antecedente, aunque fue en una universidad, es igual porque estamos en el ámbito de la educación superior. No hay razón para que no se dé. La ley dice que serán electos por quienes constituyen la estructura de cada uno de los Centros de Formación Técnica”.

Señaló que el reglamento debe ser redactado y visado por el directorio de cada institución y enviado para su aprobación al Presidente de la República, lo cual hasta ahora no se ha hecho.

“Hasta ahora ningún CFT ha tenido su reglamento y ya se han designado a cuatro rectores. Esto no es una situación contra los rectores que fueron designados, esta es una situación que busca sentar las bases de la autonomía de las instituciones, y con el sentir y el espíritu con el que fueron creadas estas instituciones de Educación Superior”.

Aseguró Rubio que es obligación del rector gestionar el reglamento, ya que la ley manda a que tiene que estar listo, y que si no lo tienen se debe designar a un rector interino para que lo redacte.

“No puede ser que estas instituciones se transformen cada cuatro años en un botín político para los gobernantes de turno. El rector pudiera ser miembro del propio cuerpo docente de la institución y pudiera ser propuesto por este, pero no necesariamente debe ser de la propia institución, puede ser alguien de afuera que cumpla con los requisitos”, destacó, agregando que sería preferible que fuera alguien de la región.

Financiamiento

Destacó el dirigente gremial que la autonomía que buscan es además en el ámbito financiero, en el que se permite la autogestión, ya que ese es uno de los factores que han hecho potente la educación pública universitaria chilena, porque ha generado un foco en las herramientas y objetivos académicos y no políticos. “Por eso es que los CFT se generaron, para que sea un polo de desarrollo para las regiones”.

 

 

 

 

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Diario El Ovallino