Crédito fotografía: 
Archivo
Resolviendo una acción judicial interpuesta por el anterior directorio en contra de las elecciones realizadas en marzo de 2019, el TER de Coquimbo ordenó a la actual directiva convocar a un nuevo proceso eleccionario una vez superada la emergencia sanitaria. Tanto los demandantes, como la actual directiva se mostraron complacidos por el fallo judicial

La controversia sobre la titularidad de las directivas a cargo de la Comunidad Agrícola de Punitaqui tiene ahora un nuevo ingrediente, un aderezo que podría regir con bases legales claras al próximo proceso electoral en el que sus más de 900 socios escogerían una nueva junta directiva.

Con fecha del 27 de agosto, el Tribunal Electoral Regional de Coquimbo sentenció, en base a lo dispuesto en la Ley de Comunidades Agrícolas y las normas del Tribunal Calificador de Elecciones, invalidar la elección de directorio del gremio punitaquino celebrada el 3 de marzo de 2019, ordenando realizar un nuevo proceso electoral.

La sentencia responde a una acción judicial interpuesta por el directorio anterior, encabezado por Jandry Castillo, para aclarar de manera legal la situación sobre los últimos y turbulentos procesos electorales de la organización.

La sentencia destaca que el directorio elegido en el proceso electoral invalidado se deberá mantener en el cargo “para el solo efecto de organizar el nuevo proceso electoral y efectuar los actos de administración suficientes requeridos para la buena marcha de la organización”, y que las nuevas elecciones deberán realizarse “dentro de los tres meses siguientes a la finalización del Estado de Excepción Constitucional de catástrofe” decretado por el gobierno nacional.

Señala la sentencia que el directorio actual deberá fijar la fecha cuando se realizará el acto electoral, y que previamente deberá actualizar la nómina oficial de comuneros, para conocer realmente quienes integran la organización y quienes cumplen con los requisitos para votar.

“El día de la elección, el directorio verificará que en el acto electoral se utilice el padrón electoral elaborado y publicado según lo instruido en este fallo. Además, se encargará de verificar que los comparecientes que sufraguen presencialmente correspondan a los comuneros anotados en el padrón y que quienes comparecen representados cuenten con el poder correspondiente”, señala el documento judicial.

Precedente

Consultado sobre el fallo judicial, el abogado Eugenio Rivas, representante del ex directorio conformado por Jandry Castillo y Rosa Moroso, manifestó sentirse satisfecho ya que marcaría la hoja de ruta para otras organizaciones funcionales similares.

“Este fallo es muy importante porque sienta un precedente para todas las elecciones que se llevan a cabo en la comunidades agrícolas del país, porque es muy importante que las elecciones se realicen de acuerdo a la ley, es muy importante que se le tome la relevancia a estas elecciones. Para la gente de la Comunidad Agrícola de Punitaqui, y específicamente para el directorio anterior, es haber hecho justicia a imputaciones, porque el directorio anterior, de Jandry Castillo, fueron destituidos por una decisión de  la asamblea que fue organizada por el directorio que ahora está invalidado, y este fallo también deja sin efecto esta destitución por considerarla ilegal, porque las causales por las cuales se solicitó la destitución no estaban debidamente comprobadas en ese momento”, señaló Rivas.

Criticó que la municipalidad de Punitaqui “se haya prestado” para apoyar las elecciones permitiendo que se hicieran en las dependencias de la Casa de la Cultura y con cierto apoyo logístico.

“Esa elección se realizó sin cumplir los acuerdos que la misma asamblea había adoptado, para que Bienes Nacionales fuera el garante de este proceso y la directiva ahora invalidada hizo caso omiso a eso”, explicó el jurista.

Resaltó la importancia de que los Tribunales Electorales puedan verificar la legalidad de este tipo de organizaciones agrícolas.

Decisión positiva

Desde la directiva actual, liderada por el exconcejal José Palma, manifestaron estar satisfechos con la sentencia por considerarla “súper positiva”.

La tesorera de la directiva, Yorka Rojas, explicó a El Ovallino que reciben la sentencia con agrado porque la misma les indica que para hacer algún tipo de reunión o de votación, se debe tener como requisito que debe hacerse en la sede de la organización ubicada en Calle Riquelme.

“Cuando se hicieron las elecciones en ese instante no se dieron esas condiciones porque la antigua directiva clausuró y se tomó nuestra sede, entonces los comuneros se tuvieron que ir a otro lugar que no era nuestra propia casa”, recordó Rojas.

Indicó que la sentencia es clara en ordenar el padrón electoral tanto los propietarios como los sucesores, y que esos serían los motivos por los cuales el TER dejaría sin efecto las elecciones de marzo de 2019.

“Esos fueron los motivos por los cuales impugnaron las elecciones, pero es que el vicio fue forzado por estas personas, y no porque los comuneros o el directorio entrante haya querido que fuese así”, planteó la tesorera.

Aseguró que la sentencia deja muy claro que todas las gestiones realizadas por esta directiva se mantienen vigentes.

“No hay nada que hayan anulado, la única diferencia es que ahora hay que volver a llamar a una elección, entonces lo que tiene que hacer este directorio es administrar los bienes de la Comunidad con menos facultades que antes. Así que nosotros estamos contentos porque el tribunal fue muy sabio. Al menos este directorio pudo hacer las cosas bien y demostrar que las cosas se tienen que hacer bien, y que de ahora en adelante el comunero tiene que aprender que las cosas se tienen que hacer ajustadas a la ley, y no como antes se hacían”, puntualizó la dirigente.

 

 

 

 

Contenido relacionado

- {{similar.created}}

No hay contenido relacionado

Cargando ...

 

 

 

Diario El Ovallino