Crédito fotografía: 
Archivo
Después de cuatro años de investigación y búsqueda de antecedentes de manera “desformalizada”, la mañana de este martes se logró darle formalidad al proceso e imputar de cargos al propietario del camping Puerto Laguna por el cuasidelito de homicidio. Se fijaron 90 días para la investigación y arraigo nacional al imputado.

Cuatro años y cuatro meses pasaron desde el fatídico incidente. En todo este tiempo se realizaron decenas de diligencias, revisión de archivos, consultas, entrevistas y revisión de las condiciones físicas del recinto, todo para llegar al momento en el que el tribunal ovallino formalizara la causa. Y sucedió.

La mañana de este martes se logró formalizar la investigación sobre la muerte del pequeño Martín Montaño (10 años), quien falleció por una descarga eléctrica en una piscina de un camping en las Fiestas Patrias de 2017.

En la jornada el propietario del camping Puerto Laguna, A.G.M. se presentó en compañía de su abogado y se procedió a la formalización, lo que daría pie a un eventual juicio que comenzaría con su primera audiencia posiblemente los primeros días de mayo. Ya en una ocasión se había postergado la formalización.

“Ya no hay vuelta atrás, lo que pasa es que la persona indicaba que no tenía a su abogado presente, y que no lo habían encontrado. Pero ahora sí, fue notificado de manera formal y eso significaba que sí o sí, iba a ser formalizado, se presentase o no, porque cumpliendo con algunos parámetros se podría formalizar en ausencia”, explicó a El Ovallino, Guillermo Montaño, padre del pequeño Martín.

Proceso

Destacó que una vez cumplido el plazo de los tres meses, habría una primera audiencia en la que las partes acordarían la modalidad del juicio, si se realizaría éste de manera abreviada o un juicio tradicional.

“El cargo que se le imputó a la persona es por cuasidelito de homicidio, ya que cuando se culpa a alguien de homicidio, tiene que haber una intención de hacerle daño a alguien, y eso en este caso sería muy difícil de probar” apuntó Montaño.

Consultado acerca de su expectativa, declaró que lo que desea la familia es “poder cerrar este ciclo del juicio, porque alguien se tiene que hacer responsable, estas cosas no deben suceder y ojalá no vuelvan a ocurrir. No puede pasar algo así y quedar sin responsables, porque estas cosas no ocurren de manera fortuita como si hubiese caído un rayo, eso no fue así. Aquí alguien cometió un error, y se puede probar que se cometió una negligencia, es lo que nosotros queremos que se pruebe, porque así como fue Martín, pudo ser cualquier otro, pero iba a ser alguien”

Investigación

Por su parte el Fiscal Herbert Rohde, confirmó la formalización del proceso agregando que se decretó además la medida cautelar de arraigo nacional con respecto al imputado.

Según el relato de la Fiscalía “el día 17 de Septiembre de 2017, alrededor de las 15:00 horas, en el interior del Centro Turístico y Recreativo Puerto Lagunas, ubicado en el camino Ovalle a Sotaqui, Ruta D-55, a la altura del kilómetro 4, comuna de Ovalle, el imputado A.G. M., propietario del recinto, en forma negligente mantuvo abiertas las piscinas de agua y permitió el ingreso de las familias y público en general. Lo anterior ya que lo hacía con instalaciones eléctricas irregulares en el recinto, esto es, no cumpliendo con las normas técnicas correspondientes”, aseguró Rohde en el texto.

Aseguró que se detectaron diferentes anomalías en el sistema eléctrico, entre ellas que la totalidad de los tableros de distribución de las instalaciones eléctricas de las piscinas se encontraban fuera de norma y que la instalación eléctrica de quinchos, camarines, baños e instalaciones anexas a las piscinas presentaban riesgo para las personas y cosas.

Agregaron que el camping abrió sin el permiso de puesta en funcionamiento para ninguna de las piscinas del Recinto, autorización que debía otorgar la Subsecretaria Regional Ministerial de Salud.

Sería en dichas circunstancias en las que el pequeño Martín habría ingresado a la pileta y recibiera la descarga eléctrica que acabaría con su vida. Ante tales circunstancias el Ministerio Público es capaz de asegurar que se trató de un cuasidelito de homicidio.

Lapsos

Tradicionalmente se utilizan los 90 días para investigar el caso, pero que no sería lo que ocurriría en esta ocasión, ya que la investigación ya se realizó de manera desformalizada, lo que quiere decir que este lapso se utilizaría para preparar y actualizar las carpetas, archivos y registros de cara al eventual juicio.

 

 

 

 

Contenido relacionado

- {{similar.created}}

No hay contenido relacionado

Cargando ...

 

 

 

Diario El Ovallino